Puede que acabes de comprar una vivienda y quieras reformarla. Las obras en casa suelen generar la duda de si es necesario avisar a la comunidad de vecinos. En GTI Asesores Inmobiliarios te contamos todo lo que tienes que saber sobre este tema, así como ponemos a tu disposición en venta distintas casas que se ajustarán a tu bolsillo y necesidades.
En caso de que te plantees hacer una remodelación (da igual si ya vives en ese inmueble o si piensas reformarlo una vez lo adquieras), lo primero que tienes que tener en cuenta es la legislación. En este sentido, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 7.1, establece que “el propietario de cada local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado de exteriores o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.
Puede que acabes de comprar una vivienda y quieras reformarla. Las obras en casa suelen generar la duda de si es necesario avisar a la comunidad de vecinos. En GTI Asesores Inmobiliarios te contamos todo lo que tienes que saber sobre este tema, así como ponemos a tu disposición en venta distintas casas que se ajustarán a tu bolsillo y necesidades.
En caso de que te plantees hacer una remodelación (da igual si ya vives en ese inmueble o si piensas reformarlo una vez lo adquieras), lo primero que tienes que tener en cuenta es la legislación. En este sentido, la Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 7.1, establece que “el propietario de cada local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado de exteriores o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.
Es decir, la norma establece que se deben comunicar las reformas al responsable del edificio (el presidente o la presidenta), pero no será necesario pedir permiso si se realizan unas obras en privado que no afectan a elementos comunes.

Por el contrario, si las obras que se realicen tienen impacto en alguna zona común, sí que habrá que notificar nuestra intención a todos los vecinos de la comunidad para que la decisión de realizar las reformas se someta a una votación durante una junta de vecinos. Si uno se salta este paso, se podrá enfrentar a una multa o indemnización por daños y perjuicios, además de a la obligatoriedad de volver a dejar como estaban esos espacios, con el gasto adicional que eso suponga.
Se necesitará mayoría o unanimidad por parte de los residentes en cuestiones como la instalación de ascensores, la construcción de un trastero, el cerramiento de una terraza, la colocación de placas solares, gas natural o antenas de televisión, entre otras cosas. También hará falta su voto para colocar pérgolas, toldos y otros elementos que puedan afectar a la estética de la fachada, ya que se acostumbra a acordar una serie de normas respecto al diseño, color o modelo.
Ahora bien, si emprendes una reforma en el interior de tu hogar, has de tener en cuenta los horarios en los que puedes trabajar. Nos referimos aquí a cambios de azulejos, pintura de las paredes, sustitución del parqué, modificación de tabiques, distribución de la propia vivienda… En cualquiera de esos casos, con el fin de evitar problemas relacionados con el ruido y la suciedad, las normas indican que los trabajos pueden realizarse de 8.00 a 21.00 horas en días laborales (una hora menos si hay uso de maquinaria) y de 9.30 a 21.30 horas en fines de semana o festivos.
Además, si se hace uso del ascensor para subir los materiales, es importante que éste no sufra desperfectos, que se mantenga lo más limpio posible a diario, así como que no se superen nunca las cargas establecidas. Eso contribuirá a que se mantenga la cordialidad y la armonía en la urbanización.
Con todo, será conveniente que consultes todos estos aspectos en el ayuntamiento de tu localidad, donde habrás de pedir la licencia de obra. De igual modo, es recomendable que cuentes con la figura de un administrador de fincas para que te ayude de forma efectiva a resolver tus dudas. En GTI Zaragoza contamos con un equipo altamente cualificado y con años de experiencia con el que podrás ponerte en contacto para lo que necesites a través del formulario o en el 976 23 35 69.
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