¿Qué sucede cuando un inmueble se queda sin herederos?

Más de un millar de herencias fueron rechazadas en Aragón en 2017, según informaban a principios de este año datos del Consejo General del Notariado. Ha supuesto un año récord en el número de legados aragoneses a los que han renunciado sus herederos. La depreciación del valor de los inmuebles es una de las razones más comunes, pero no la única: las cargas fiscales que conlleva el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es también clave en buena parte de las renuncias.

En caso de que se opte por renunciar a la herencia, la parte de la renuncia se repartirá entre el resto que tengan el mismo parentesco con el fallecido. Si también renuncian los herederos con el mismo parentesco, se pasará a sus hijos, y así de manera sucesiva.

Sin embargo, si el fallecido dejó testamento, se debe comprobar si el testador dejó sustitutos. Si éstos no aparecen, la parte de quien renuncia se asigna entre el resto de herederos.

¿Y qué sucede cuando una casa se queda sin dueños?

Como se decía, es el testamento el que marca la trayectoria de la herencia. Pero cuando no existe, manda el Código Civil. En él se establece que los primeros en heredar son los hijos y descendientes; a continuación los padres y descendientes; después el cónyuge hasta los parientes y familiares colaterales.

Si todos ellos renunciasen, o bien si no se encuentran familiares directos, el que hereda es el propio Estado. Es decir: si ningún familiar hasta cuatro grados de consanguinidad lo reclama y no ha dejado su voluntad en un testamento, el heredero legítimo de esos bienes pasa a ser la Administración Pública.

Que sucede cuando un inmueble se queda sin herederos

¿Qué hace la Administración Pública con estos bienes? Está obligada a subastarlos, tal y como establece la legislación.

Los inmuebles sin herederos deben ser gestionados por Dirección General del Patrimonio, un organismo dependientes del Ministerio de Hacienda, aunque algunas Comunidades tienen su propia normativa, como es el caso de Aragón.

HEREDEROS PERDIDOS

En ocasiones, sucede que sí hay herederos pero las Administraciones Públicas no han logrado encontrarlos. La Dirección General del Patrimonio tiene un mecanismo para esto: si alguien confirma que sí hay familiares a quienes les corresponda la herencia, este recibirá una compensación por parte de la Administración. Suele ser un 10% de lo que valgan los bienes.

Por ello hay empresas especializadas en dar con herederos de patrimonios sin testamento. El aviso de viviendas sin testamento se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y alrededor de un 95% de casos encuentra heredero.

 

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